DECRETO DE URGENCIA QUE MODIFICA EL DECRETO DE URGENCIA Nº 026-2021, DECRETO DE URGENCIA QUE ESTABLECE MEDIDAS EN MATERIA ECONÓMICA Y FINANCIERA DESTINADAS A LA REPROGRAMACIÓN DE LOS CRÉDITOS GARANTIZADOS CON EL PROGRAMA “REACTIVA PERÚ”. Ejecutivo no observará ley que faculta retiro de CTS, anunció hoy la presidenta del Consejo de Ministros, Violeta Bermúdez ?? La ley, la SUNAT o lo perdí yo…, SIRE: REGISTRO DE VENTAS, INGRESOS Y COMPRAS, SERVICIOS MÍNIMOS, ESENCIALES E INDISPENSABLES, APLICACIÓN PRÁCTICA DEL IR DIFERIDO (NIC 12), DELITOS CORPORATIVOS: GERENTES Y TRABAJADORES, Responsabilidad solidaria de gerentes, socios y vinculadas por deudas tributarias. “Las cosas como son” es el editorial diario por Fernando Carvallo sobre la actualidad nacional e internacional. El Banco de la Nación comenzará a pagar a los jubilados del régimen 19990. ... En el caso de ⦠... En BDO contamos con un ⦠Estas empresas, en el marco del programa Reactiva Perú, accedieron a créditos entre S/ 750 mil y S/ 5 millones. 4.1 El plazo máximo de acogimiento para las reprogramaciones es el 15 de julio de 2021. Aprueban norma que reconoce constancias de posesión, SUNARP 2022: Consulta de partida registral. En ambos casos, la reprogramación implica un nuevo cronograma de pago con un plazo máximo de 12 meses de periodo de gracia, tiempo en el cual se pagará intereses y las comisiones correspondientes. El líder del Mincetur agradeció el compromiso del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) en acoger esta solicitud, la cual también podrá ser tomada por las empresas que todavía no han logrado una recuperación de sus actividades, producto del Covid-19. A través del Decreto de Urgencia 026-2021, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) autorizó modificar el contrato de fideicomiso de Reactiva Perú con el fin de apoyar a las empresas más afectadas por la pandemia que hayan recibido estos préstamos. El ministro de Economía y Finanzas, Waldo Mendoza, anunció hoy la aprobación en Consejo de Ministros de dos Decretos de Urgencia que disponen la reprogramación de los créditos garantizados con el Programa Reactiva Perú y el Fondo de Apoyo empresarial a la MYPE (FAE MYPE), lo que beneficiará fundamentalmente a las microempresas. El Poder Ejecutivo aprobó un decreto de urgencia con el que busca continuar promoviendo el financiamiento de las micro y pequeñas empresas (mypes) y de los pequeños productores agrarios afectados por la pandemia del COVID-19. De ingeniero a revolucionar la educación en el Perú: ¿Quién es Jorge Yzusqui y cómo creó Innova Schools? Requisitos para acceder a la reprogramación. En esos casos, el plazo total máximo será de 60 meses (24 meses de periodo de gracia y 36 meses de pago del crédito). Las ESF iniciarán la aprobación de las reprogramaciones después de suscribir una adenda, contrato de garantía, declaración unilateral u otro documento legal de similar naturaleza con la ⦠Presidente de la República, VIOLETA BERMÚDEZ VALDIVIA Precio del dólar Perú: Tipo de cambio abre a la baja y se fija en S/ 3.78. Todos los derechos reservados. Te puede interesar: ¿De qué se trata el Plan de Emergencia del Sector Turismo? Suscríbete al newsletter de “Las cosas como son”. Los emprendedores que solicitaron préstamos con garantía estatal sea Reactiva Perú o FAE-Mype tienen hasta setiembre para solicitar la reprogramación de la deuda en sus respectivas ⦠Reactiva Perú: requisitos para la reprogramación. Artículo 4. Adecuación del Reglamento Operativo. BDO USA LLP. Las reprogramaciones beneficiarán a más 494,000 micro, pequeñas y medianas empresas que accedieron a estos préstamos, según estimaciones del MEF. Modificación del contrato de fideicomiso del Programa “Reactiva Perú”. El Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Resolución Ministerial, adecúa el Reglamento Operativo del Programa “Reactiva Perú” a lo dispuesto en el presente Decreto de Urgencia, en un plazo no mayor a quince (15) días calendario, contados desde la entrada en vigencia del presente Decreto de Urgencia. Reactiva Perú: Extienden plazo para acogerse a reprogramación de créditos hasta el 31 de diciembre El Gobierno también dispuso modificaciones a los Fondos de ⦠Reactiva Perú: ¿Qué requisitos necesito para reprogramar créditos? Las reprogramaciones de los créditos garantizados son evaluadas por las ESF que otorgaron los respectivos ⦠¿Cuánto cuesta estudiar en las mejores universidades del Perú? Tarde Blanquiazul: ¿De cuánto fue su rating en Latina? Bono Alimentario 2022: Link para consultar si soy beneficiario de los... ¡Atención! Reactiva Perú: Aprueban decreto que establece reprogramación de créditos garantizados con el programa. Artículo 3. Comprometidos en la lucha contra la violencia hacia la mujer. Artículo 3. Examen JNJ: Veintiún preguntas sobre derecho constitucional. Empresa podrán solicitar la reprogramación hasta el 15 de julio del 2021. ⦠Estas empresas están dividas en tres grupos y deben cumplir con los siguientes requisitos: El plazo de reprogramación incluye un periodo de repago del capital de los préstamos de 24 meses. También hace falta que el MEF suscriba un nuevo contrato con Cofide, con la adenda referida a las reprogramaciones. Reactiva Perú: empresas podrán solicitar reprogramación de pagos. El decreto dispone ampliar hasta el 31 de marzo del 2022 el otorgamiento de las líneas de cobertura de riesgo crediticio del FAE-Agro, así como extender la vigencia de las coberturas otorgadas en el marco de dicho programa hasta el 31 de agosto del 2023. Asimismo, dicha Organización ha informado que la variante del SARS-CoV-2 de Reino Unido se ha detectado en otros 40 países, territorios y áreas en cinco de las seis regiones de la OMS, siendo que, con fecha 08 de enero de 2021, se ha confirmado la identificación de dicha nueva variante del virus en el Perú. Única. Nueva Canción de Shakira: ¿Quién es Clara Chía, la novia de Piqué? Para tales efectos, los beneficiarios deben cumplir con los siguientes requisitos: d) Para el caso de créditos entre S/ 5 000 001,00 (cinco millones y un y 00/100 soles) hasta S/ 10 000 000,00 (diez millones y 00/100 soles), se debe demostrar una caída en el nivel de ventas mayor o igual al 20% en el cuarto trimestre del año 2020, con relación a similar periodo del año anterior.”, El presente Decreto de Urgencia tiene vigencia hasta el 15 de julio de 2021. Incorpórase el literal d) al numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto de Urgencia N° 026-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas en materia económica y financiera destinadas a la reprogramación de los créditos garantizados con el Programa “Reactiva Perú”; el cual queda redactado con el siguiente texto: “Artículo 3. https://t.co/yTC2b9mwCY pic.twitter.com/grCWolUOSk. La Garantía del Gobierno Nacional para la referida reprogramación amplía su plazo de acuerdo con los nuevos cronogramas de pago y mantiene el mismo porcentaje de cobertura pactado en las condiciones iniciales. Las ESF iniciarán la aprobación de las reprogramaciones después de suscribir una adenda, contrato de garantía, declaración unilateral u otro documento legal de similar naturaleza con la Corporación Financiera de Desarrollo (COFIDE), la cual se encargará de la administración de las reprogramaciones de los créditos garantizados con Reactiva Perú. Modificación del numeral 2.1. del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 026-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas en materia económica y financiera destinadas a la reprogramación de los créditos garantizados con el Programa “Reactiva Perú”. Tasa de interés será de hasta 17% para la reprogramación de Reactiva Perú. Así, el nuevo reglamento operativo señala que ello solo aplicará para las empresas deudoras que acrediten una caída en el nivel de ventas mayor o igual al 20% en el cuarto trimestre del año 2020, con relación a similar periodo del año anterior. De esta manera, los beneficiarios podrán solicitar la reprogramación de sus créditos garantizados, cada uno de los cuales deberán ser presentados a la respectiva entidad del sistema financiero (ESF) que le otorgó el préstamo para su evaluación. 6.1 Las ESF remiten a COFIDE, un reporte semanal de los créditos reprogramados. 20:41 h - Mié, 21 Abr 2021. También se aprobó un decreto que amplía el ⦠Valora, la app que capacitará a más de 500,000 trabajadoras del hogar en el Perú, Regiones pierden S/ 672 millones en ventas a consecuencia de las protestas, Protestas en Puno: Hoteles cancelan reservaciones hasta por tres semanas, Cinco piezas de oro valorizadas en más de 26 mil soles serán sometidas a proceso judicial en Loreto, Amstel se convirtió en patrocinador oficial de la Conmebol Libertadores Femenina, Produce: Al menos 1,500 mypes serán beneficiadas hasta julio de este año, Lambayeque invertirá 20 millones de soles en elaboración de proyectos de inversión. ¿Cómo es la estrategia para reactivar el turismo hasta 2025? Según explica el reglamento, será responsabilidad de las ESF evaluar y aprobar las reprogramaciones, así como verificar que la empresa deudora que se acoja a este beneficio cumpla con los requisitos exigidos. El decreto señala que las reprogramaciones de Reactiva Perú serán evaluadas por las Empresas del Sistema Financiero (ESF) que otorgaron los respectivos ⦠El Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Resolución Ministerial, adecúa el Reglamento Operativo del Programa “Reactiva Perú” a lo dispuesto en el presente Decreto de Urgencia, en un plazo no mayor a quince (15) días calendario, contados desde la entrada en vigencia del presente Decreto de Urgencia. Ministro de Economía y Finanzas. Este monto incluye la totalidad de las 435 mil microempresas que han recibido créditos hasta S/ 90 mil. IUSLatin.pe | Revista Jurídica de Derecho, Reactiva Perú: estas son las medidas financieras para la reprogramación de créditos, Aprueban lineamientos del Plan General de Manejo Forestal de concesiones forestales con fines maderables, ¿Cómo se configura el delito de robo con muerte subsecuente? El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) publicó el reglamento operativo para la reprogramación de los créditos del programa Reactiva Perú que cumplan con los ⦠Cabe señalar que el plazo máximo de acogimiento a la reprogramación de créditos es el 15 de julio de 2021. Respecto a la variante P.1 de la COVID-19 (Variante Brasilera), con fecha 04 de febrero de 2021, el Instituto Nacional de Salud informó que dicha variante se ha identificado en los departamentos de Loreto, Huánuco y Lima; Que, a pesar de la rápida recuperación de la economía peruana, algunos sectores económicos continúan mostrando caídas importantes de la actividad económica; siendo que los efectos negativos del COVID-19, que aún afectan a nuestra economía y el riesgo originado por las nuevas variantes antes mencionadas han profundizado el impacto en las personas naturales y jurídicas con obligaciones crediticias con entidades del sistema financiero que las atienden, lo cual genera incertidumbre en su recuperación; Que, mediante los artículos 2 y 3 del Decreto de Urgencia Nº 026-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas en materia económica y financiera destinada a la reprogramación de los créditos garantizados con el Programa “REACTIVA PERÚ”, se faculta de manera excepcional, la reprogramación de los créditos garantizados con el Programa “Reactiva Perú”, creado mediante Decreto Legislativo N° 1455, hasta por la suma de S/ 16 000 000 000,00 (dieciséis mil millones y 00/100 soles), con el objeto de brindar facilidades de pago a los beneficiarios del referido Programa que cuenten con créditos hasta S/ 5 000 000,00 (cinco millones y 00/100 soles) y, en ciertos casos, registren adicionalmente una caída en el nivel de ventas mayor o igual al 10% o 20% en el cuarto trimestre del año 2020, con relación a similar período del año anterior; Que, con la finalidad de preservar el empleo y nivel de actividad económica de empresas de mayor tamaño que participan en el Programa “Reactiva Perú”, que también han sido afectadas por la reapertura tardía de sus actividades durante el año 2020 y que tuvieron que ser restringidas por las medidas de prevención sanitaria para la protección de la salud de la población, y que son las que mayor empleo (casi un millón de empleos que representa el 35,6% del total de empleos que generan las empresas que accedieron a programa) e ingresos per cápita generan; es necesario ampliar los alcances del Decreto de Urgencia N° 026-2021 para las empresas con créditos mayores a S/ 5 000 000,00 (cinco millones y 00/100 soles) y hasta S/ 10 000 000,00 (diez millones y 00/100 soles) y que hayan tenido una disminución de sus ventas en 20% o más en el IV trimestre del 2020 con relación a similar periodo del año anterior; Que, para la ampliación de los alcances del Decreto de Urgencia N° 026-2021, resulta necesario ampliar el importe de la reprogramación de créditos con garantía del Gobierno Nacional hasta en S/ 3 500 000 000,00 (tres mil quinientos millones y 00/100 soles) a fin de poder brindar las facilidades de pago a los beneficiarios que se incorporarían a la reprogramación del Programa “Reactiva Perú”; En uso de las facultades conferidas por el inciso 19 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y. Con cargo de dar cuenta al Congreso de la República: El presente Decreto de Urgencia tiene por objeto establecer medidas extraordinarias, en materia económica y financiera, a efectos de ampliar los alcances del Decreto de Urgencia N° 026-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas en materia económica y financiera destinadas a la reprogramación de los créditos garantizados con el Programa “Reactiva Perú”, para permitir la reprogramación de los créditos garantizados con el Programa “Reactiva Perú”, creado mediante Decreto Legislativo Nº 1455, Decreto Legislativo que crea el Programa “Reactiva Perú” para asegurar la continuidad en la cadena de pagos ante el impacto del COVID-19, a empresas de mayor tamaño cuya relevancia se aprecia en términos de niveles de empleo formal y ventas. El MEF precisó que las entidades financieras están impedidas de cargar comisiones y gastos adicionales o de incrementar el valor de dichos cargos respecto de aquellos a los que estaba sujeto la empresa deudora antes de acogerse a la reprogramación de los créditos con aval del Estado, salvo las comisiones y gastos referidos a dichas reprogramaciones. En ese sentido, para comprobar las caídas en los niveles de ventas las entidades financieras, lo harán a través de los registros de la Sunat. Así, para el caso de créditos entre S/ 90 001 hasta S/ 10 000 000, aquellas personas que solicitaron los prestamos deben demostrar una caída en el nivel de ventas mayor o igual al 30% en el 2021 respecto del 2019. Uno de ellos es que el Banco Central de Reserva emita una norma donde se adecúen estas operaciones con las nuevas garantías. 4.2 Autorízase a las ESF a establecer un nuevo periodo de gracia para los beneficiarios de las reprogramaciones de hasta doce (12) meses, tiempo adicional al periodo de gracia original establecido en el Decreto Legislativo Nº 1455. Reportes de las reprogramaciones de los créditos y transparencia de la información. Requisitos de acceso para la reprogramación de los créditos garantizados con el Programa “Reactiva Perú”. El portal jurídico más leído del Perú. Bono de 300 soles 2023: ¿A quién le corresponde este beneficio del Midis? Asimismo, dicha Organización ha informado que la variante del SARS-CoV-2 de Reino Unido se ha detectado en otros 40 países, territorios y áreas en cinco de las seis regiones de la OMS, siendo que, con fecha 08 de enero de 2021, se ha confirmado la identificación de dicha nueva variante del virus en el Perú. Santa Catalina, La Victoria, Lima, Grupo El Comercio - Todos los derechos reservados. Mamá de Pablo Gavi: ¿quién es y cómo fue involucrada con Piqué? Para acceder a la reprogramación de los créditos garantizados por el Programa Reactiva Perú, debes cumplir con los siguientes requisitos: La reprogramaciones ⦠Para Karina Chinguel, Gerente Senior en EY Law, resulta adecuado permitir la posibilidad de ampliar el plazo del pago de estos créditos, pues el objetivo de la medida es dar facilidades a las empresas afectadas por las restricciones de la pandemia, por lo que aún no podrán cumplir con el pago de su créditos. La/s adenda/s que se derive/n de la/s modificación/es señaladas en el párrafo precedente, son aprobadas mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas, en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles, contados desde la entrada en vigencia de la adecuación del Reglamento Operativo a que se refiere la Primera Disposición Complementaria Final del presente Decreto de Urgencia. El presente Decreto de Urgencia es refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros y el Ministro de Economía y Finanzas. La Garantía del Gobierno Nacional para la referida reprogramación amplía su plazo de acuerdo con los nuevos cronogramas de pago y mantiene el mismo porcentaje de cobertura pactado en las condiciones iniciales. Que, la pandemia del COVID-19 ha afectado las perspectivas de crecimiento de la economía global y de la economía peruana, generando que, en algunos sectores económicos, se afecte la posibilidad de que clientes o usuarios del sistema financiero puedan cumplir con el pago de sus obligaciones asumidas frente a las empresas financieras; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, Decreto Supremo que declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y dicta medidas de prevención y control del COVID-19, se declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional, por el plazo de noventa (90) días calendario, por la existencia del COVID-19, y se dictan medidas de prevención y control para evitar su propagación; la misma que ha sido prorrogada mediante los Decretos Supremos N° 020-2020-SA, N° 027-2020-SA, N° 031-2020-SA y N° 009-2021-SA, este último prorroga la Emergencia Sanitaria, a partir del 07 de marzo de 2021, por un plazo de ciento ochenta (180) días calendario; Que, mediante Decreto Supremo Nº 184-2020-PCM, Decreto Supremo que declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19 y establece las medidas que debe seguir la ciudadanía en la nueva convivencia social, se declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de treinta y un (31) días calendario, a partir del martes 01 de diciembre de 2020, por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19; el cual ha sido prorrogado mediante los Decretos Supremos N° 201-2020-PCM, Nº 008-2021-PCM, N° 036-2021-PCM, Nº 058-2021-PCM y N° 076-2021-PCM, este último prorroga el Estado de Emergencia Nacional, por el plazo de treinta y un (31) días calendario, a partir del sábado 1 de mayo de 2021, y modifica las medidas referidas al nivel de alerta por provincia y departamento y limitación al ejercicio del derecho a la libertad de tránsito de las personas; Que, el Gobierno elaboró una estrategia para minimizar la afectación económica producida por el aislamiento social obligatorio, y asegurar la continuidad en la cadena de pagos de la economía nacional dirigida a personas naturales y jurídicas, las cuales han ayudado a mitigar los efectos de la pandemia por el COVID-19 en la economía del país; Que, con fecha 11 de marzo del 2020, la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha calificado el brote de la COVID-19 como una pandemia al haberse extendido en más de cien países del mundo de manera simultánea. Jorge Ballesteros, campeón del mundo de tiro, se suicida de un disparo. Y para los créditos de más de S/ 750,000 y hasta S/ 5 millones, las empresas deben acreditar una caída en sus ventas mínima del 20% en el cuarto trimestre del 2020, en comparación con el mismo periodo del 2019. Por su parte, las medianas empresas podrán solicitar acceder a este beneficio, siempre que hayan registrado caídas en sus ventas mayores a 20% en el cuarto trimestre de 2020, respecto a similar período del año anterior. Para tales efectos, los beneficiarios deben cumplir con los siguientes requisitos: d) Para el caso de créditos entre S/ 5 000 001,00 (cinco millones y un y 00/100 soles) hasta S/ 10 000 000,00 (diez millones y 00/100 soles), se debe demostrar una caída en el nivel de ventas mayor o igual al 20% en el cuarto trimestre del año 2020, con relación a similar periodo del año anterior. El referido plazo de las reprogramaciones se encuentra sujeto al plazo de vigencia del Programa “Reactiva Perú” indicado en el Reglamento Operativo. Este es un pago que se realiza de manera anual a Cofide, que es el organismo del estado encargado de la administración del programa Reactiva Perú. 3.2 Los mecanismos y/o medios de verificación de los literales precedentes se establecen en el Reglamento Operativo. la reprogramación de los créditos de reactiva perú decreto de urgencia nº 011-2022 que otorga la esf a las empresas deudoras, calificados y verificados por la esf, que cuentan con el ⦠Se te ha enviado una contraseña por correo electrónico. Reactiva Perú y FAE Mype: ¿Qué condiciones deben cumplir las empresas para aplicar a las reprogramaciones? Para ello deben cumplir con: - Contar con créditos de hasta S/ 90,000 soles. “El compromiso del Gobierno es claro y muestra de ello es la emisión de esta norma legal. A través del Decreto de Urgencia 039-2021, amplían medidas para la reprogramación de los créditos del programa «Reactiva Perú». Requisitos de acceso para la reprogramación de los créditos garantizados con el Programa “Reactiva Perú”. Rosmary Cornejo: ¿Quién es la nueva directora de la Reconstrucción con Cambios? c) Para el caso de créditos entre S/ 750 001,00 (setecientos cincuenta mil y un y 00/100 soles) hasta S/ 5 000 000,00 (cinco millones y 00/100 soles), se debe demostrar una caída en el nivel de ventas mayor o igual al 20% en el cuarto trimestre del año 2020, con relación a similar periodo del año anterior. ¿Cómo usar correctamente el bloqueador solar? [Lee también: Reactiva Perú: estas son las medidas financieras para la reprogramación de créditos], Segunda. ¿Qué dice el Banco de la Nación sobre los retiros de dinero a clientes y dobles depósitos? Una vez aceptada la reprogramación, los empresarios podrán acogerse a las reprogramaciones y al periodo de gracia. Que, mediante Resolución Ministerial Nº 134-2020- EF/15, se aprueba el Reglamento Operativo del Programa âREACTIVA PERÚâ, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1455, Decreto Legislativo que crea el Programa âReactiva Perúâ para asegurar la continuidad en la cadena de pagos ante el impacto del COVID-19; Culminado este periodo de gracia las empresas deberán iniciar el repago de la deuda en el plazo previsto en la noma, el cual va entre 24 a 36 meses. Artículo 5. Turismo internacional: marcada recuperación, pero desigual, Hoteles: las ventajas competitivas de la sostenibilidad, Apotur: "El 2022 no fue un buen año para el turismo receptivo", Madeleine Burns es la nueva viceministra de Turismo, Machu Picchu: modifican cronograma de ingreso 2023, Mincetur anuncia ajuste de ley para desarrollo del turismo, Arequipa: aeropuerto reanudó vuelos nocturnos, Más de 360 vuelos cancelados por cierre de aeropuertos. Adecuación del Reglamento Operativo. Conoce cómo obtener una vivienda con el crédito del Banco de la Nación, ONP: destinan S/ 11,8 millones para el pago de pensiones del régimen 20530, MEF descarta reforma de pensiones pero tampoco concreta cambios en la ONP, Fae Mype: unas 25.000 empresas cancelaron la totalidad de sus créditos. 2.5 En caso los créditos reprogramados sean empleados en nuevas operaciones que autorice el BCRP en ejercicio de sus competencias, la Garantía del Gobierno Nacional se extiende al pago del capital e intereses de tales operaciones bajo las mismas condiciones previstas en el Decreto Legislativo Nº 1455. Artículo 2. El ministro de Economía y Finanzas, Waldo Mendoza, anunció la aprobación de dos Decretos de Urgencia que disponen la reprogramación de los créditos garantizados con el Programa Reactiva Perú y el Fondo de Apoyo empresarial a la MYPE (FAE MYPE). El MEF publicó el reglamento operativo para la reprogramación de créditos de Reactiva Perú. El titular del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (), Roberto Sánchez, informó que, en sesión extraordinaria del Consejo de Ministros, se aprobó el decreto de urgencia que permite ⦠¿Puedes resolverlas? El presente Decreto de Urgencia tiene por objeto establecer medidas extraordinarias complementarias, en materia económica y financiera, que ⦠3.1 Las reprogramaciones de los créditos garantizados con el Programa “Reactiva Perú” son evaluadas por las Empresas del Sistema Financiero (ESF) que otorgaron los respectivos préstamos. El pasado 31 de marzo de 2021 se publicó en diario oficial El Peruano, con vigencia a partir del 1 de abril, la Resolución Ministerial No. Requisitos Según informó el MEF, la reprogramación se facultará a: El total de microempresas que recibieron Reactiva Perú, que suman 435.000 y que recibieron ⦠2.1 Facúltese de manera excepcional, la reprogramación de los créditos garantizados con el Programa “Reactiva Perú”, creado mediante Decreto Legislativo Nº 1455, hasta por la suma de S/ 19 500 000 000,00 (diecinueve mil quinientos millones y 00/100 soles), con el objeto de brindar facilidades de pago a los beneficiarios del referido Programa que cumplan con los requisitos de acceso establecidos en el marco del presente Decreto de Urgencia. De no recurrirse a operaciones con el BCRP, la tasa de interés de los créditos reprogramados es la misma tasa de interés de los créditos que fueron otorgados en el marco del programa original, creado mediante Decreto Legislativo Nº 1455 más un margen adicional para cubrir el costo de la reprogramación de los créditos y el mayor costo de fondeo de la ESF, cuyo valor máximo es determinado en el Reglamento Operativo. Reprogramación de los créditos garantizados con el Programa “Reactiva Perú”. El presente Decreto de Urgencia tiene vigencia hasta el 15 de julio de 2021. Los mecanismos de evaluación en estos casos se establecerán en el reglamento operativo, el cual saldrá en un plazo no mayor a 15 días calendario. Latam suspende operaciones en aeropuerto de Jaén por no reunir las condiciones mínimas. Chavo del Ocho: ¿De cuánto es la millonaria fortuna de los protagonistas? This site uses cookies to provide you with a more responsive and personalised service. Mincetur: aporte del turismo al PBI puede llegar al 10%, Reactiva Perú: Canatur saluda reprogramación de créditos, Reactiva Perú: MEF evalúa reprogramación del crédito, Alta cocina y estrellas Michelin revolucionan los hoteles. Verificar las caídas en los niveles de ventas a través de los registros de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT. 2.1 Facúltese de manera excepcional, la reprogramación de los créditos garantizados con el Programa âReactiva Perúâ, creado mediante Decreto Legislativo Nº 1455, ⦠All rights reserved. Por otra parte, el plazo máximo de acogimiento al PAE-Mype será hasta el 31 de marzo del 2022. El presente Decreto de Urgencia es refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros y el Ministro de Economía y Finanzas. El Ministerio de Economía y Finanza (MEF) reglamentó la operatividad de la reprogramación de los créditos otorgados en el marco de Reactiva Perú. Certificado Único Laboral: ¿qué hay que saber? Para ello, las ⦠El reglamento de las reprogramaciones del programa ⦠Ahora, con los ⦠2.2 Para efectos de implementar las reprogramaciones a las que se refiere el numeral precedente, autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas a través de la Dirección General del Tesoro Público a modificar el contrato de fideicomiso del Programa “Reactiva Perú” y su/s adenda/s, suscrito con la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. – COFIDE, teniendo en cuenta la propuesta de modificación contractual que remita la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado del Ministerio de Economía y Finanzas. Te invitamos a conocer más de esta campaña que busca construir una visión igualitaria en el país entre hombres y mujeres. El plazo máximo de acogimiento a la reprogramación de los créditos es el 15 de julio de 2021, tiempo hasta el cual COFIDE podrá otorgar la garantía para el crédito reprogramado. SNI: "No podemos permitir que las brechas entre Lima y las regiones continúen". 2.1 Facúltese de manera excepcional, la reprogramación de los créditos garantizados con el Programa “Reactiva Perú”, creado mediante Decreto Legislativo Nº 1455, hasta por la suma de S/ 19 500 000 000,00 (diecinueve mil quinientos millones y 00/100 soles), con el objeto de brindar facilidades de pago a los beneficiarios del referido Programa que cumplan con los requisitos de acceso establecidos en el marco del presente Decreto de Urgencia. Modificación del contrato de fideicomiso del Programa “Reactiva Perú”, Ocho años de cárcel para empresario por tráfico ilegal de productos…, PJ impone al Ministerio Público indemnización de S/460 500 por no…, ÚLTIMO: Castillo interpone «cuestión previa» por inexistencia de antejuicio político y…, Examen JNJ: Nueve preguntas sobre delitos contra los derechos intelectuales. Seguiremos trabajando para apoyar a las empresas nacionales e impulsar el turismo. ¡Cuidado con las estafas y fraudes online! Además, el plazo de los créditos para capital de trabajo y/o activo fijo que otorguen las entidades financieras o cooperativas de ahorro y crédito a los beneficiarios del PAE-Mype, no puede exceder de 36 meses. El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) publicó el reglamento operativo para la reprogramación de los créditos del programa Reactiva Perú que cumplan con los ⦠Si aún no ha realizado el pago ⦠000006-2023/Sunat], Bienes propios de un cónyuge pueden responder por obligaciones personales del otro si es declarado insolvente [Res. Incorporación del literal d) al numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto de Urgencia N° 026-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas en materia económica y financiera destinadas a la reprogramación de los créditos garantizados con el Programa “Reactiva Perú”.
Examen Para Detectar Aneurisma, Proposición Condicional, Carta De Permanencia Pucp Faci, S11 S2 Evaluación Continua Nivelacion De Matematica, Como Pasar Café En Cafetera Tradicional, Causa Y Consecuencia De La Pobreza En El Perú,
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